Entre los rubros económicos y actividades que continuarán labores figuran las siguientes: agricultura, pesca y acuicultura, energía, hidrocarburos, minería y actividades conexas, manufactura en general y construcción.
Durante la inmovilización social obligatoria también se permite que clínicas, farmacias y boticas puedan prestar atención, mientras que en el rubro de los comercios, está permitida la reparación de vehículos motorizados, no motorizados y bicicletas.
De igual forma, la Presidencia del Consejo de Ministros dio a conocer que están permitidos los siguientes servicios: transporte de pasajeros por vía férrea, navegación, emisión de brevetes, inspección vehicular, mensajería, hospedaje y alojamiento, entre otros.
Igualmente, los servicios notariales y jurídicas, reservas turísticas, actividades veterinarias, atención médica, oftalmológica, odontológica y de diagnóstico; encuestadoras, contabilidad, arquitectura y reparación de equipos informáticos, entre otras.
Se puede consultar la lista completa de actividades en: https://www.gob.pe/12498
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