Decreto Supremo de Fase 4 incluye vuelos internacionales desde el 5 de octubre y servicios de agencias de viajes y operadores turísticos Destacado

De acuerdo al anuncio realizado por el presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, hoy apareció publicado en las Normas Legales del diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 157-2020-PCM que aprueba la Fase 4 de la reanudación de actividades económicas que incluye, para el sector turismo, la programación de vuelos internacionales a partir del 5 de octubre, transporte de pasajeros marítimo y fluvial, incremento del aforo en restaurantes, así como servicios de agencias de viajes y operadores turísticos.

En relación al reinicio de los vuelos internacionales y de acuerdo al DS el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es la entidad encargada de los protocolos a seguir, y para las agencias de viajes y operadores turísticos es el Ministerio de Salud (Minsa).

En el mismo documento se detallan otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento que incluyen los museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, así como parques temáticos con un aforo al 60% de su capacidad normal. En relación a las actividades de guía de montaña, pesca deportiva y deportes naúticos pueden realizarse con un aforo al 50% y los protocolos serán proporcionados por el Minsa. A pie de página de la publicación se indica que todas las personas que realicen las actividades señaladas, deberán respetar el distanciamiento social y el uso de mascarillas.

La mencionada norma se ha emitido en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan al país a consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID-19.

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Modificado por última vez en Viernes, 16 Octubre 2020 12:16
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