De acuerdo al anuncio realizado por el presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, hoy apareció publicado en las Normas Legales del diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 157-2020-PCM que aprueba la Fase 4 de la reanudación de actividades económicas que incluye, para el sector turismo, la programación de vuelos internacionales a partir del 5 de octubre, transporte de pasajeros marítimo y fluvial, incremento del aforo en restaurantes, así como servicios de agencias de viajes y operadores turísticos.
En relación al reinicio de los vuelos internacionales y de acuerdo al DS el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es la entidad encargada de los protocolos a seguir, y para las agencias de viajes y operadores turísticos es el Ministerio de Salud (Minsa).
En el mismo documento se detallan otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento que incluyen los museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, así como parques temáticos con un aforo al 60% de su capacidad normal. En relación a las actividades de guía de montaña, pesca deportiva y deportes naúticos pueden realizarse con un aforo al 50% y los protocolos serán proporcionados por el Minsa. A pie de página de la publicación se indica que todas las personas que realicen las actividades señaladas, deberán respetar el distanciamiento social y el uso de mascarillas.
La mencionada norma se ha emitido en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan al país a consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID-19.