Estos feriados son más días de descanso que se suman a los 30 días calendario correspondiente a tu periodo de vacaciones.
Días no laborables
A fines de diciembre del presente año, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través de un Decreto Supremo que será publicado en el Diario Oficial El Peruano, deberá establecer los días que serán considerados no laborables sujetos a horas de trabajo compensables para los trabajadores del sector público, a nivel nacional. Estos días también podrían ser aplicados e el sector privado, bajo acuerdo entre los trabajadores y empleadores.
Los feriados
Enero
- Martes 1 de enero – Año Nuevo.
Abril
- Jueves 18 de abril - Jueves Santo
- Viernes 19 de abril - Viernes Santo
- Domingo 21 de abril - Domingo de Resurrección
Mayo
- Miércoles 1 de mayo – Día del Trabajo.
Junio
- Sábado 29 de junio – San Pedro y San Pablo.
Julio
- Domingo 28 de julio – Fiestas Patrias.
- Lunes de 29 de Julio – Fiestas Patrias.
Agosto
- Viernes 30 de agosto – Santa Rosa de Lima.
Octubre
- Martes 8 de octubre – Combate de Angamos.
Noviembre
Viernes 1 de noviembre – Todos los Santos.
Diciembre
- Domingo 8 de diciembre – Inmaculada Concepción.
- Miércoles 25 de diciembre – Navidad.
