La norma también indica que quedan exceptuados los niños menores de 12 años, quienes deben presentar un certificado médico de buena salud ,y las personas que hayan superado la enfermedad en el período de hasta 3 meses previos al viaje. En este último caso, deben presentar un documento sanitario del país de procedencia que acredite la condición de alta de la COVID-19
El dispositivo también contempla que los viajeros que presenten alguna reprogramación o demora de viaje que conlleve a superar la vigencia de los resultados de la prueba RT-PCR o prueba de detención de antígeno,. son admitidos siempre que no hayan transcurrido más de 24 horas. Estas situaciones verificada mediante la presentación de los dos boletos electrónicos o físicos, del vuelo inicial y el nuevo, o mediante algún documento o comunicación que la aerolínea emita acerca del retraso o reprogramación del vuelo.
Para el embarque desde el lugar de origen del viaje todo pasajero debe portar en todo momento doble mascarilla, mantener la higiene de manos en forma permanente y guardar la distancia física necesaria en todo momento, y solo quedan exceptuados del uso de la mascarilla los niños menores de dos años de edad. Además, se indica que el personal de la aerolínea debe verificar que se haya llenado la declaración jurada y que los pasajeros cuenten con el resultado negativo de la prueba RT-PCR o prueba de detección de antígeno.
Cabe indicar que la “Guía Técnica para la prevención y control de la COVID-19 en viajeros que ingresan y salen del país durante la emergencia sanitaria”, fue aprobada con Resolución Ministerial N° 780-2021-MINSA, con el objetivo de establecer los procedimientos sanitarios para la prevención y control de la COVID-19 en los viajeros que ingresan y salen del país por vía aérea, terrestre o fluvial en el contexto de la Emergencia Sanitaria por la pandemia de la COVID-19.
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