En la edición de hoy, de la Normas Legales del diario El Peruano, han sido publicados el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM que aprueba la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva, y la Resolución Ministerial N 250-2020-MINSA que aprueba la Guía Técnica para los Restaurantes y Servicios Afines con Modalidad de Servicio a Domicilio, en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por COVID-19 y que representan el inicio de la reactivación económica de nuestro país.
Dentro de los considerandos de la norma se resalta que es necesario comenzar la recuperación social y económica y, por ello, es prioritario abordar la transición hacia una reanudación de actividades que incorpore las precauciones y medidas de protección necesarias para prevenir los contagios y minimizar el riesgo de un repunte de la enfermedad que pueda poner en riesgo la adecuada respuesta de los servicios sanitarios y, con ello, la salud y el bienestar del conjunto de la sociedad.
En relación al orden de las actividades de la Fase 1 de la reanudación de actividades, la primer será del sector minería e industria; el segundo, construcción; y el tercero será servicios y turismo con restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio, hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales. Luego seguirán reactivándose el sector de comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.
En el mismo dispositivo legal se informa que se encargará a la Dirección General Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, la supervisión, monitoreo y difusión de lo dispuesto en la citada Guía Técnica, además de encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.